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Deportaciones

No se presentó a la corte por un DUI, emitieron una orden de arresto y quiere viajar. Respondemos tus preguntas

Si la persona falta a una audiencia, el tribunal de inmediato emitirá una orden judicial conocida en inglés como "warrant" para su arresto. Esta orden, advierten abogados consultados por Univision Noticias, puede ser ejecutada por cualquier agente de la ley.
Publicado 11 Abr 2024 – 12:38 PM EDT | Actualizado 11 Abr 2024 – 12:38 PM EDT
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Un arresto por manejar borracho o drogado ( Driving Under the Influence -DUI-), se ventila en una corte donde un juez analizará el caso y emitirá un veredicto. Si una persona enfrenta este cargo y no acude al tribunal en la fecha, dirección y hora señalada en la Notificación de Comparecencia (NTA), recibirá de inmediato una orden de arresto.

Es el caso del usuario identificado con las siglas VS. Por medio de un correo electrónico enviado a la redacción de Univision Noticias, contó: “Tengo un DUI en Estados Unidos y orden de arresto por no presentarme a la corte”. Y luego pregunta si puede viajar a México”.

Respondemos a esta consulta sobre inmigración que nos llegó al buzón de nuestra redacción de noticias. Puedes enviarnos la tuya a: jcancino@univision.net

Una falta demasiado grave

El no presentarse a una audiencia judicial en cumplimiento de un citatorio por una falta cometida, es un asunto “demasiado grave”, coinciden abogados consultados por Univision Noticias.

Indican que, si la persona falta a una audiencia, el tribunal de inmediato emitirá una orden de arresto o warrant. “Y la emiten si el individuo falta a su cita de la corte o si no comparece ante el tribunal donde fue citado", explica Jaime Barrón, un abogado de inmigración que ejerce en Dallas, Texas.

En respuesta a la pregunta enviada por VS, Barrón indica que “es probable que si la persona tiene orden de arresto activa y viaja fuera de Estados Unidos, probablemente (pero no hay garantías de ello) no tenga problemas cuando salga, pero si regresa a Estados Unidos será detenido y transferido al estado o condado donde recibió la orden de arresto”.

Barrón dice que, lo recomendable en estos casos “es contratar un abogado penalista para intentar resolver el problema (de la orden de arresto) y esperar una recomendación sobre el riesgo de salir del país o al momento de regresar”.

Pero insistió en que “antes de poner un pie fuera, es mejor hablar con un abogado y estudiar el caso porque quizás tenga opciones legales para quitar la orden de arresto, reparar su ausencia a la corte y enderezar sus antecedentes para entonces poder viajar sin problema fuera de Estados Unidos”.

“Es un prófugo de la justicia”

Para el abogado de inmigración Ángel Leal, quien ejerce en Miami, Florida, el caso de VS es 2un asunto serio que requiere ser revisado inmediatamente por un consejero legal penalista.

“VS tiene una orden de arresto vigente”, es decir, “cualquier oficial de la ley con quien tenga contacto, al revisar su nombre (en el sistema o base de datos) y descubra que tiene orden pendiente de arresto, lo detendrán. En teoría es un fugitivo, un prófugo de la justicia y, por lo tanto, cualquier agente lo pudiera detener y/o arrestar”.

También, cabe la posibilidad de que la persona “incluso puede tener una orden de Interpol por estar en deuda con la ley. Siendo así, sería un error viajar porque lo pueden detener”.

A la pregunta respecto a qué hacer antes de irse del país, Leal recomendó lo mismo que Barrón: “Consulte con un abogado penalista para ver de qué manera puede dejar de ser un fugitivo de la justicia. Y luego con un abogado de inmigración para determinar si la orden de arresto tiene o no consecuencias migratorias y si fue emitida o no una alerta a la Oficina de Inmigración y Aduanas (ICE)”.

El castigo por un DUI

Tal y como está la ley actual, “el DUI es uno de los pecados capitales de los inmigrantes”, advierte Alex Gálvez, un abogado de inmigración que ejerce en Los Ángeles, California.

Detalló que “dos o más cargos por DUI abren la puerta de la deportación”. Pero que no se trata de una ley, sino que “se usa discrecionalmente por los agentes federales de inmigración y los jueces de inmigración”.

“Los jueces y los funcionarios lo utilizan discrecionalmente para negar beneficios. Por ejemplo, si la persona tiene uno o más DUI, los agentes pueden utilizar su discreción para negar el beneficio solicitado. Y también, teniendo en cuenta la gravedad de la falta cometida, si hubo daños a terceras personas, por ejemplo, la muerte de terceros o daños a la propiedad privada, los agentes utilizarán su discrecionalidad para aplicarla en un caso”.

También explicó que “si una persona que hace varios años, por ejemplo, cometió esta falta dos o tres veces, pero se sometió a tratamiento y, demuestra que estaba enferma y se rehabilitó, cambio su vida, puede que la corte de inmigración (EOIR) o el agente que revisa su petición de servicio migratorio en estos momentos lo conceda, como por ejemplo la residencia legal permanente (LPR)”.

Una falta que no se esconde

La condena de un DUI se encuentra en los registros públicos “disponible para posibles empleadores, propietarios, agentes de préstamos, vecinos y familiares, incluidos sus hijos”, dice Sánchez-Roig.

“El hecho de que una condena pueda conllevar otras consecuencias no especificadas es un concepto conocido en derecho como ‘consecuencias colaterales’. Y entre ellas se encuentran las ‘consecuencias de inmigración’”, previene.

Sánchez-Roig, quien fungió 15 años como fiscal de inmigración, dice además que las personas con DUI en Florida “pueden ser acusados de delitos menores o delitos graves, según los hechos de cada caso individual”. Y que el DUI “en donde alguien que no sea el acusado resulte gravemente herido o muera, se considerarán delitos graves de DUI”.

“Otros motivos para acusar a un conductor de un delito grave de DUI incluyen, cuando el delito es el tercer cargo de DUI del conductor en 10 años o si tiene tres o más condenas previas por DUI”, agrega.

La abogada también dijo que “generalmente, si el DUI es el primer delito de la persona y no implica ninguna circunstancia agravante, en algunas circunstancias es posible que la condena no desencadenará un proceso de deportación. Pero a menudo no se pasa por alto la gravedad de una condena por DUI y se inicia el proceso de deportación”.


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