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Qué sucede en la entrevista de 'miedo creíble' cuando un inmigrante pide asilo en la frontera

Pedir asilo es un derecho que tiene toda persona que llega a la frontera de EEUU, como el caso de la caravana de migrantes. Pero, el hecho de pedirlo argumentando persecución o tortura “no quiere decir que se le permita permanecer, o que la persona no pueda ser deportada”.
1 May 2018 – 01:54 PM EDT
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La Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de Estados Unidos (CBP) no ha confirmado cuántos integrantes de la Caravana del Viacrucis que cruzó México han solicitado asilo en el cruce fronterizo de San Isidro, Tijuana. Pero activistas que los acompañan mencionan que, las autoridades estadounidenses recibieron a ocho el lunes, quienes ahora deberán pasar una 'entrevista de miedo o temor creíble'.

Si no les creen la razón por la cual huyeron de sus países, recibirán una orden de deportación y serán expulsados cuanto antes del país, porque esta categoría de inmigrantes se encuentra en la lista de prioridades de la Oficina de Inmigración y Aduanas (ICE).

¿En qué consiste la 'entrevista de miedo o temor creíble'? ¿Cuándo y dónde se lleva a cabo? ¿Qué sucede después?

En dos etapas

“La entrevista de miedo creíble se hace en base al miedo/temor que tiene una persona de regresar a su país de origen porque es perseguida, o tiene miedo/temor de persecución o tortura”, explica Rebeca Sánchez-Roig, una abogada de inmigración que durante más de 15 años fungió como fiscal de inmigración en el Departamento de Justicia.

“Previo a la entrevista de 'miedo creíble’ en la frontera, se lleva a cabo una entrevista preliminar con un agente de la Oficina de Aduanas y Control de Fronteras (CBP), quien al establecer que existen razones o indicios de miedo creíble, determina que el inmigrante puede pasar al siguiente nivel”, explica Ezequiel Hernández, un ahogado de inmigración que ejerce en Phoenix, Arizona, y colabora frecuentemente con la redacción de Univision Noticias.

El paso siguiente “es la ‘entrevista de miedo creíble’ que la realiza un agente de asilo de la Oficina de Ciudadanía y Servicios de Inmigración (USCIS), indica Sánchez. “Consiste en una especie de interrogatorio de lo que le ha sucedido a la persona en su país y si ha sido perseguido, torturado, etc.”

“Si el agente de asilo determina que la persona tiene miedo creíble, entonces recibe una audiencia ante un juez de inmigración, donde podrá solicitar asilo en Estados Unidos”, agrega.

“’La entrevista de miedo creíble’ con el agente de la USCIS es clave y, quizás, el momento determinante sobre su futuro inmediato en Estados Unidos”, explica el libro ‘Inmigración: las nuevas reglas, una gruía de Univision’.

Las preguntas

En la 'entrevista de miedo creíble’ “la persona tendrá la oportunidad de explicar las razones por las cuales huye de su país y por qué teme regresar. Las preguntas se enfocarán en el temor de la persona. Frecuentemente, nos encontramos con individuos que piensan que debido a que se trata de buenas personas o vinieron solo a trabajar y ayudar a su familia, que esto cuenta para que Estados Unidos les otorgue asilo”, indica Sánchez-Roig.

“Esto no cuenta. Y es más, el venir a Estados Unidos solamente porque quiere trabajar, no es uno de los factores del asilo. Tenga en cuenta que durante la entrevista el agente de asilo le preguntará: ¿quién la persiguió, torturó o le hizo daño? ¿Quién le puede hacer daño si regresa?”

En caso de que la persona que le hizo daño se trata de un funcionario de gobierno, un agente de policía “o alguien asociado y controlado por el gobierno, tiene que detallar estos hechos y explicar por qué la persiguieron, torturaron, hicieron daño o le harán daño”, precisó Sánchez.

Razones de asilo

Las razones de asilo son persecución por motivos de religión, raza, nacionalidad, opinión política o membresía en un grupo particular social. “En esta últimas se consideran la orientación sexual o la discapacidad física”, indica Sánchez.

“Estos son los factores en los cuales se basa el asilo. No basta simplemente que la persona quiera trabajar, o sea víctima de un crimen no relacionado con estos factores, como por ejemplo un crimen de extorsión. La persona tiene que especificar el por qué le hicieron daño o quieren hacerle daño. Una explicación en general no será suficiente para que le den asilo”, apuntó.

Otros elementos o información que considera el agente de asilo para determinar miedo creíble son:


  • Cómo se encuentra el solicitante de asilo.
  • Cómo se encontraba en su país.
  • Si el gobierno de su país está involucrado en esta persecución, tortura o daño.
  • Qué hizo o dejó de hacer el gobierno de su país al respecto.
  • ¿Puede la persona que pide asilo trasladarse a otra parte del país y vivir sin esta persecución, tortura, o daños?
  • Si no puede hacerlo, ¿por qué?
  • ¿Tiene otra ciudadanía que no sea la del país nativo?
  • ¿Por qué no puede vivir ahí?

No basta solo con pedirlo

Pedir asilo es un derecho que tiene toda persona que lleva a las fronteras de Estados Unidos. Pero por el hecho de pedir asilo o protección contra la persecución o tortura “no quiere decir que se le permita permanecer, o que la persona no pueda ser deportada”, advierte Sánchez.

La ‘entrevista de miedo creíble’ solo es un paso del derecho a pedir asilo expresando el miedo/temor de regresar a su país mediante este proceso. “Por lo tanto, en términos simples, la ‘entrevista de miedo creíble’ es cuando el solicitante le relata su historia al agente de asilo”.

En el caso que el agente de asilo determina que el inmigrante no tiene un miedo creíble de persecución o tortura, “la persona puede solicitar una revisión de su caso por un juez de inmigración”, explica el abogado de inmigración Nelson Castillo, quien ejerce en Los Angeles, California. “El juez puede revertir la decisión del USCIS y permitirle al inmigrante presentar una solicitud de asilo y exención de remoción”.

“Explica además que “la entrevista de miedo creíble no debe realizarse dentro de las primeras 48 horas para que el inmigrante tenga tiempo para prepararse. Sin embargo, si el inmigrante así lo prefiere, puede renunciar a este período de espera”, precisó.

En resumen, si el agente de asilo “determina que tiene miedo creíble, se presentará ante el tribunal de inmigración para pedir asilo político”, dice Sánchez. “Pero si el agente de asilo determina que no tiene miedo creíble, puede ser deportado de Estados Unidos, concluyó.

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