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Asilo Político

Si te dejan entrar a EEUU porque tienes una causa de asilo, esto es lo que tienes que saber

Pedir asilo no es tarea fácil. Y si eres liberado porque tienes una causa probable, el gobierno no pagará tu estadía y tampoco le facilitará alimentos, a menos que califique para un programa legal que esté disponible. Debes depender de familiares, amigos u organizaciones de ayuda a inmigrantes.
Publicado 22 Sep 2022 – 01:18 PM EDT | Actualizado 22 Sep 2022 – 01:18 PM EDT
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El proceso para pedir asilo en Estados Unidos es complejo y fue modificado el 31 de mayo para hacerlo más rápido. Pero cada día miles de indocumentados llegan a la frontera sur en busca de la protección del gobierno. Lo que pocos saben es que el gobierno solo otorga aquellos beneficios legalmente disponibles autorizados por el Congreso y siempre y cuando hay una causa probable.

“El gobierno federal no está obligado a alojar a un inmigrante que viene en busca de asilo”, advierte Juan José Gutiérrez, director de la organización Derechos Plenos para los Inmigrantes en Los Ángeles, California. “Y tampoco la Oficina de Aduanas y Control Fronterizo (CBP). Sólo le entrega información, tal como el permiso de entrada (Formulario I-220A) y algunas veces una Notificación de Comparecencia (NTA)”.

Sólo hasta el día en que el inmigrante se presente ante un juez de inmigración es donde el extranjero podrá pedir asilo. “Y conocerá a qué beneficios puede acceder y cuándo, entre ellos un permiso de trabajo (EAD)”, precisa Gutiérrez.

Protocolo vigente

A partir del 31 de mayo el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) activó un nuevo protocolo en la frontera con México. Hasta antes de esa fecha, eran los jueces de inmigración los únicos quienes decidían si otorgaban o no un caso de asilo. Pero después de esa fecha el gobierno otorgó poderes temporales discrecionales a los agentes de asilo de la Oficina de Ciudadanía y Servicios de Inmigración (USCIS) para conceder el beneficio y referir a la corte los casos que fueran negados.

El plan es descongestionar la frontera. Pero el programa no garantiza que todos los que vienen en busca de asilo entrarán en el programa. El gobierno advierte que, simultáneamente, los agentes de inmigración siguen expulsando a extranjeros bajo el Título 42 por la pandemia, el Título 8 de la Ley de Inmigración por razones de inadmisibilidad y el Programa Permanecer en México (MPP).

El último informe de la CBP relacionado con las actividades de cumplimiento en la frontera en agosto, revela que la mayoría de las personas detenidas fueron expulsadas de manera acelerada y solo unos pocos fueron autorizados entrar para esperar en Estados Unidos la resolución de sus casos de asilo en la Corte de Inmigración (EOIR).

La entrada a EEUU

Si al extranjero que llega a la frontera se le permite entrar a Estados Unidos y su caso de asilo es referido a un tribunal de inmigración, “en la frontera recibe un paquete con información clave”, explica José Guerrero, un abogado de inmigración que ejerce en Miami, Florida.

Entre los documentos se incluye:


  • Formulario I-220A, documento que registra la entrada legal a Estados Unidos;
  • Una Notificación de Comparecencia (NTA) que indica el día, hora, fecha y dirección del tribunal de inmigración donde debe presentarse;
  • Información general sobre refugiados, abogados pro-bono, albergues y datos de interés proporcionada por grupos de ayuda y defensores de los derechos de los inmigrantes.

Guerrero agrega que, “es probable incluso que no haya en el momento de la liberación una NTA. En ese caso la CBP anotará en el Formulario I-220A la fecha, hora y lugar de una dependencia de la Oficina de Inmigración y Aduanas (ICE) donde el inmigrante debe presentarse. Y en esa cita le entregarán una NTA explicando cuánto tiene su día en corte (una vez coordinada con el calendario maestro de la EOIR)”.
“Pero debe tener en cuenta que, si no se presenta a la audiencia señalada en los documentos, puede recibir automáticamente una orden de deportación en ausencia y perder sus derechos de permanencia en Estados Unidos”, advirtió.

Un caso en Sacramento

La publicación BuzzFedd.News, citando un cable de The Associated Press, reportó el caso de un grupo integrado por ocho inmigrantes que arribaron a Sacramento, California, procedente de El Paso Texas. Aclara que no forman parte del programa de expulsiones de los gobernadores republicanos Greg Abbott (Texas) y ron DeSantis (Florida), quienes responsabilizan al gobierno de Joe Biden por la crisis fronteriza y claman por el retorno de la política de tolerancia cero del expresidente Donald Trump.

Según la publicación, cuando los inmigrantes llegaron a una dirección de un centro de acogida en Sacramento que les había sido entregada por un agente de la Patrulla Fronteriza, el inmueble estaba cerrado.

“Pienso que esta confusión tiene que ver con que no conocen el sistema·, dice Gutiérrez. ”Aquí, en Los Ángeles, hasta ahora, no hemos escuchado oído que se les esté enviando por parte de las autoridades de Texas a domicilios determinados, indicándoles que ahí los van a recibir y los van a tratar bien”.

El activista indicó además que, debido “a las confusiones” generadas los viajes con expulsados desde Texas y Florida a Washington DC, Chicago, Nueva York y recientemente Martha's Vineyard, la gente escucha eso y cuando una autoridad migratoria los coloca en un autobús, ellos se imaginan que probablemente los están enviando a lugares donde les dan una gran bienvenida y no es cierto”.

Acusan al CBP

La organización NorCal Resist que opera en California señala que las autoridades federales habrían dicho al grupo de extranjeros que debían reportarse a la dirección anotada en sus formularios de liberación y que se trataba de un refugio que podía albergarlos durante 30 días.

El pasado 17 de septiembre la organización publicó en su página de la red social Twitter un mensaje indicando: “Puedes ayudar a los inmigrantes recién llegados con alojamiento, comida, asuntos legales, médicos y todas las demás cosas importantes de la vida. Hemos ayudado a personas de todo el mundo desde que comenzamos nuestro programa de acompañamiento en 2016”.

“El sistema es tremendamente complejo”, dijo Gutiérrez. “No todos reciben la información adecuada y tampoco hay información que clarifique que deben hacer las personas una vez sean liberadas en espera de la resolución e sus casos de asilo en los tribunales de inmigración”.

El activista dijo además que “(el presidente) Biden está bajo una tremenda presión por parte de los grupos proinmigrantes para de ser más humano en el trato a los inmigrantes, pero tiene muchos problemas para implementar políticas porque no tiene el apoyo del Congreso, no tiene fondos para invertir en este problema”.

“Y el que queda a fuego cruzado en esta crisis lamentablemente es el inmigrante”, apuntó.

Hasta ahora la CBP no ha respondido preguntas en cuanto al tipo de información que le proporcionó al grupo de inmigrantes que llegó a una dirección en Sacramento donde no había un refugio.

Qué hacer y qué no hacer

Ante la incertidumbre en la que viven miles de inmigrantes que en los últimos meses han llegado a la frontera, se les ha permisito entrar y esperar la resolución de sus casos de asilo en los tribunales de inmigración, abogados de inmigración consultados por Univision Noticias recomiendan paciencia y prudencia.

“Lo primero que deben hacer, cuando son liberados, asegurarse que tienen en su poder un Formulario I-220A y, en algunos casos, también una Notificación de Comparecencia (NTA)”, dice Jaime Barrón, un abogado de inmigración que ejerce en Dallas, Texas.

“Inmediatamente después deben buscar representación legal, sea de un abogado competente y con experiencia o una agencia de ayuda a inmigrantes acreditada por el servicio de inmigración (USCIS) con experiencia en esa materia (asilo)”, agregó.

Barrón también advirtió que “la persona que lo ayude y/o lo represente debe ser alguien que conozca el sistema y el proceso. Porque si no está preparado lo puede meter en serios problemas que puede desembocar en una orden de deportación de Estados Unidos.

“Para evitar consecuencias negativas, traten de informarse cómo funciona el proceso de asilo ny el debido proceso migratorio lo más pronto posible. Y tenga siempre en cuenta la fecha y hora de sus citas, ya sea ante ICE o en el tribunal, porque si no se presenta automáticamente le cerrarán el caso y le emitirán una orden de deportación”.

En cuanto a qué no hacer, Barrón recomendó “tener mucho cuidado de basar sus decisiones legales en chismes o comentarios de gente sin experiencia y indiferentes. Y dejar de acudir a una audiencia judicial en su caso de asilo”.

A la pregunta si el gobierno financia la estadía de un inmigrante que pide asilo mientras aguarda su día en corte, dijo que “no lo hace, excepto en ciertos casos de visas humanitarias y donde exista un programa legal disponible. Pero en la mayoría de los casos no. Y tampoco el gobierno le asigna un abogado de oficio para asistirlo en su proceso de asilo”.

En cuanto al permiso de trabajo (EAD) para los asilados, el servicio de inmigración reiteró que los solicitantes califican hasta después de transcurridos 180 días de la fecha registrada en el Formulario I-589 presentado ante la corte.

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